A- de 2022
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Wilfredo Escarraga Castro·Demandado Uariv
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de La Macarena (Meta) y el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio.
Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento de la solicitud de amparo con fundamento en la aplicación indebida de las reglas de reparto, a pesar de que las mismas no desplazaban su competencia para fallar la acción constitucional.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de La Macarena para que, de forma inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le advierte a dicho operador jurídico que, en lo sucesivo, deberá observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en la presente providencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS los autos proferidos por el Juzgado Promiscuo Municipal de La Macarena el 13 y 30 de septiembre de 2022, dentro del expediente ICC-4300.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado Promiscuo Municipal de La Macarena el expediente ICC-4300 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por el señor Wilfredo Escarraga Castro contra la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV).
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de La Macarena que, en lo sucesivo, deberá observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en estos asuntos, en especial las reglas reiteradas en la presente providencia.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.